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Comida
Es uno de los beneficios sociales más valorado por los empleados. También es uno de los más extendidos al suponer una importante ventaja económica para las empresas y los empleados.
Proveedores
Descripción
Es uno de los beneficios sociales más valorado por el talento. También es uno de los más extendidos al suponer una importante ventaja económica para las empresas y los/as empleados/as.
Para las empresas, este servicio es 100% deducible del Impuesto de Sociedades. Queda exento de IRPF hasta 11€ por día laborable, lo que supone un ahorro anual para los empleados y empleadas de unos 600€.
Legal
Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre por el cual “se eleva el importe diario exento de los 9 euros actuales a 11 euros diarios, con lo que se permite facilitar la cobertura de los gastos ordinarios de alimentación vinculados al desarrollo de la actividad laboral”.
Se trata de un incremento de 2 euros respecto a la última exención del Real Decreto 439/2007 del 30 de marzo de 2007. Con esta medida, en vigor desde el 01 de enero de 2018, Hacienda impulsa la mejor solución para las empresas que apuestan por los beneficios sociales, ya que los vales y tarjetas de comida son el beneficio más valorado por los empleados.»
Ley de comedores
Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre.
Real Decreto 439/2007 (Nuevo reglamento IRPF)
Ley de IRPF 35/2006
Real Decreto 3/2004 (Anterior reglamento IRPF)
Real decreto 1890/1999 Seguridad Social